domingo, 17 de julio de 2011

APROBACIÓN DEL EXAMEN PARCIAL PARA LOS SABATINOS

Buenas noches estudiantes, favor de tomar nota, quienes aparecen aquí aprobaron el examen con calificaciones de A y C...
Quienes no aparezcan aquí favor de prepararse para el examen programado para el día sábado.

  1. Aprobaron:
  2. Johanna Montero
  3. Bertha Chang
  4. Carlos Donaldson
  5. José Chifundo
  6. Marlen Navarro.

En mi opinión,¿ que ocurrió con el resto.?..
 No se prepararon... no estudiaron.. las respuestas no tenían concordancia con la pregunta y en muchas ocasiones me INVENTARON respuestas, cosa que me molesta mucho.

Yo di las preguntas de los examenes, con anticipación, me sorprende que esto haya ocurrido. Faltas Ortográficas muy graves, deben tomar nota de esto.  Además, les di un material para estudiar que se correspondía perfectamente con lo preguntado.

Lamento mucho lo sucedido, pero pese a que di las preguntas, tuve que ser más enérgica al momento de contestar porque ya tenían una ventaja comparativa con mis estudiantes de la nocturna, en aras de ayudarlos toda vez que entiendo que 18 horas para dar una materia tan densa es muy difícil
No aceptaré ningún tipo de reclamo por lo anteriormente expuesto.
 Agradezco estudien.

Nos vemos el sábado,

Profa. Ingrid Valdés.

martes, 28 de junio de 2011

Artículo BANCARIO- EL SECRETO BANCARIO

EL SECRETO BANCARIO EN PANAMA


Nuestra legislación, en algunos casos menciona la palabra secreto, más bien se habla de una “reserva o confidencialidad bancaria”,

La República de Panamá promulga el Decreto Ley No. 9 de 1998, por el cual se crea la Superintendencia de Bancos y se reforma el régimen bancario.

La Superintendencia de Bancos juega un rol importante en el lavado dinero y la Unidad de Análisis Financiero (UAF), que es la entidad rectora que se encarga de velar para que no se den estas actividades ilícitas y no se utilice el sistema económico para tales fines.



Leyes en que se fundamenta el “Secreto Bancario” en Panamá.



La Ley Nº 18 de 28 de enero de 1959 por la cual se dictan disposiciones en relación a las cuentas bancarias cifradas  que señala que la información de las mismas, sólo podrá ser revelada por los gerentes y demás empleados de las instituciones bancarias, a los funcionarios de instrucción, jueces y magistrados que conozcan de procesos criminales, quienes deberán mantener la información en estricta reserva en los casos de que esta no sea conducente a establecer los hechos punibles que se investigan, lo que restringe la actuación a las autoridades de la esfera civil y administrativa.

El Código de Comercio de la República de Panamá especifica que el secreto bancario puede ser levantado por un tribunal panameño a través del artículo 89.

El artículo 84 del Decreto Ley 9 de l998 establece que sólo podrá ser revelada a la autoridad competente conforme a las disposiciones legales vigentes, dentro del curso de un proceso penal.



Según lo dispuesto en el artículo 85 del mismo Decreto Ley, los funcionarios bancarios no pueden suministrar información o copia de documentos de los clientes de manera indiscriminada,

Los artículos 168 y 170 del Código Penal de la República de Panamá contienen dos secciones, que permite el enjuiciamiento penal por la violación de la privacidad de los clientes bancarios Panamá.

La Ley 6 de 2002 en los artículos 14 y 15 regula el acceso a la información de acceso restringido que define como “información de acceso restringido” entre otras la información que versa sobre procesos investigativos realizados por la Dirección de Análisis Financiero para la Prevención de Blanqueo de Capitales y los expedientes administrativos de carácter reservado tales como los que tiene relación con cuentas bancarias, información sobre investigaciones o reportes de operaciones sospechosas relacionadas con el blanqueo de capitales

Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008, se mantiene la confidencialidad o reserva bancaria en los artículos 110, 111, 112, 113 y 114.

domingo, 19 de junio de 2011

Inicio de Módulo 2: Contratos Bancarios

I. CONTRATO DE FIDEICOMISO

  1. Concepto
  2. Características
  3. Beneficios Fiscales
  4. Administrador Fiduciario

Fuente:http://www.superbancos.gob.pa/aspec_fidu/documentos/fiduciarias/leyes/Ley1_1984_Fideicomisos.pdf

II. LEY DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

  1. 1. Concepto
  2. Características
  3. Empresas Arrendadoras
  4. Beneficios Fiscales
  5. Otras
Fuente: http://www.asamblea.gob.pa/legispan/Pdf_LEY/1990_LEY/1990_LEY/1990_PDF/1990_007_LEY.pdf

Prevención de Delito Blanqueo de Capitales / COMENTARIO

Para la próxima clase, jueves 23 de Junio, favor de revisar

http://www.superbancos.gob.pa/aspec_prevencion/documentos/leyes/ley42.pdf

Investigar: ¿ ´Qué es la UAF'?

Poner atención al comentario siguiente:

Latinoamérica muestra importantes avances en prevención blanqueo de capitales

24feb
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Latinoamérica muestra importantes avances en la prevención del blanqueo de capitales y la financiación al terrorismo, pero la región debe seguir implementando medidas para seguir alejando los fondos ilícitos de su torrente financiero, dijeron hoy varios expertos. Colombia destaca como el país que ha actuado de manera más agresiva contra el lavado de dinero, mientras que México, acosado por cárteles de la droga, está dando pasos firmes en la promulgación de regulaciones. Guatemala y Panamá son otros de los países que destacan por su labor en la prevención de lavado de dinero, al tiempo que el Caribe libra su combate contra el dinero ilícito y proteger sus negocios internacionales. “Hemos visto muy buenos avances en los últimos años, pero hay mucho por hacer. Para que esto funcione en Latinoamérica todos los bancos tienen que participar, todos los países deberán tener la misma reglamentación”, dijo a Efe Clemente Vázquez-Bello, presidente de la XI Conferencia Anual sobre Prevención de Lavado de Dinero. El evento, organizado por la Asociación de Bancos Internacionales de Florida (FIBA), se inauguró hoy en Miami y participan más 1.100 ejecutivos bancarios de 40 países. “Siempre he estado muy impresionado con lo que se hace en Colombia, ha sido extremadamente agresivo y formal en la implementación de leyes para pelear en contra del movimiento de fondos ilícitos en la banca y es un país modelo para Latinoamérica”, recalcó Vázquez-Bello. En México, detalló, se promulgó recientemente una reglamentación que limitará el depósito de efectivo en dólares en el sistema bancario, lo que calificó de “un buen primer paso”. Aunque advirtió que ese país tendrá que aplicar más medidas porque es “muy posible que los lavadores de dinero recurran a negocios y establezcan compañías fantasmas” para lograr ingresar al sistema financiero. Guatemala, dijo, adoptó una serie de medidas en el 2010 que requieren que los bancos implementen controles internos para supervisar el movimiento del dinero en efectivo y prevenir que los clientes blanqueen los fondos. Vásquez-Bello afirmó que “Guatemala está haciendo un buen trabajo y Panamá en los últimos años ha dado muy buenos pasos para restringir el lavado de dinero”. Patricia Roth, directora ejecutiva de FIBA, dijo a Efe que un aspecto interesante de la región es que la Federación Latinoamericana de Bancos (Felaban) creó un comité de prevención de lavado de dinero y de financiación al terrorismo. “Con el comité, la región tiene una herramienta muy fuerte y es una manera de homologar las regulaciones. Creo que casi todos los países están luchando para tener un sistema financiero limpio y fuerte. Es un gran desafío tanto EE.UU. como para cualquier país”, subrayó. Roth explicó cada país latinoamericano tiene un oficial de cumplimiento en el comité y se reúnen para compartir ideas, mejores prácticas y las modalidades de delitos que surgen en las naciones “porque los delincuentes están constantemente inventando métodos para engañar a los bancos porque al final necesitan usar el sistema financiero formal”. Un día antes de iniciar la conferencia, se efectuó el llamado diálogo entre el sector privado de América Latina y las autoridades financieras de EE.UU. “El diálogo surgió del Departamento de Tesoro de EE.UU. y Felaban para ofrecer la oportunidad de conversar en profundidad. Se trató el movimiento de dinero ilícito en efectivo en grandes cantidades, sobre todo procedente de drogas. Es un problema que puede ser serio para México, Guatemala y Panamá porque tiene zonas francas (libre de impuestos)”, informó Roth. Otro tema analizado fue una nueva ley para prevenir que los estadounidenses evadan los impuestos utilizando cuentas en bancos extranjeros. El marco legal exigirá que todo banco que quiere mantener una cuenta corresponsal en EE.UU. tendrá que comprometerse con el Servicio de Rentas Internas (IRS, por su sigla en inglés), a identificar a los estadounidenses que mantienen cuentas en las entidades financieras e informar sobre sus transacciones. Si el banco se niega, se le impondrá un impuesto de retención del 30 por ciento a todos los ingreso que el banco extranjero tenga en EE.UU. La conferencia finaliza el viernes con la disertación del Fiscal Federal del distrito sur de Florida, Wimer Ferrer, y varios foros donde se analizarán casos muy puntuales de posibles riesgos de blanqueo de fondos en América Latina.

lunes, 6 de junio de 2011

EXAMEN 16 DE JUNIO DE 2011

Buenas Noches, Estimados Estudiantes:

Para el examen del día 16 de junio, tomaré en cuenta ambos cuestionarios. Favor revisarlos!!!

Son 18 preguntas, tomaré en cuenta  7 para contestar 5; sin embargo, escogeré una sexta para subir puntos a quien quiera contestarla.

Saludos y hasta la próxima clase.

Saludos!

Cuestionario No. 2- para Examen

El Sistema Bancario Panameño

1. ¿Como se diseñó el actual sistema bancario panameño, desde sus orígenes a la fecha?
2 .Legislación actual
3. Tipos de Licencias
4. Procedimiento para solicitar una licencia bancaria
5. Funciones del Superintendente y de la Junta Directiva
6. Bancos Particulares y Bancos oficiales
7. En qué consiste la Ley conoce a tu cliente?
8.  Qué es Reserva Bancaria, Liquidez y Capital Bancario?

Régimen Bancario Panameño

Siguiendo con la clase anterior, debemos conocer los siguientes conceptos:

1. Capital de Bancos:
La diferencia entre el valor de los activos de un banco y sus pasivos. El capital bancario representa el patrimonio neto del banco o su valor para los inversores. La porción de activos de capital de un banco incluye dinero en efectivo, títulos públicos y préstamos que generan intereses como las hipotecas, cartas de crédito y los préstamos interbancarios. El pasivo del capital de un banco incluye reservas para pérdidas de préstamos y cualquier otra deuda que le debe a sus acreedores.
Se conoce en inglés como: bank capital

2. Liquidez Bancaria:
La liquidez de un banco , la capacidad de cumplir sus obligaciones financieras a su vencimiento . Banco financia préstamos inversiones en activos relativamente ilíquidos , pero financiar sus préstamos con los pasivos de corto plazo, sobre todo .

3. Reserva Bancaria
Diferencia entre las reservas mantenidas por los bancos y las reservas requeridas por la Ley (encaje legal).

***********************************************************************************
Cancelación de Licencias Bancarias
CAPÍTULO III
CANCELACIÓN DE LICENCIAS
ARTÍCULO 56. CAUSALES DE CANCELACIÓN.
El Superintendente podrá cancelar la licencia de cualquier banco que incurra en alguna de las siguientes causales:
1. No iniciar operaciones dentro de los seis (6) meses siguientes a la concesión de la licencia definitiva. El banco podrá solicitar una extensión de este plazo con base en justificaciones comprobadas.
2. Cesar en el ejercicio del negocio de banca.
3. Intervención de la casa matriz del banco, cancelación de la licencia o falta de supervisión consolidada efectiva por parte del ente supervisor extranjero, a juicio de la Superintendencia.
4. Haber suministrado información falsa o fraudulenta, u omitido información relevante para obtener la licencia.
5. Violación grave reiterada de las disposiciones de este Decreto Ley.
6. En los demás casos previstos en este Decreto Ley.
Antes de cancelar la licencia, la Superintendencia notificará personalmente al banco su intención con especificación de la causal, y éste tendrá un término de treinta (30) días, contado a partir de su notificación, para exponer las razones de oposición, acompañando las pruebas que estime conducentes. Una vez vencido dicho término, la Superintendencia, mediante resolución motivada, emitirá su decisión. Esta decisión admitirá recurso de reconsideración y de apelación ante la Junta Directiva. La decisión que resuelva dicho recurso agotará la vía gubernativa.

ARTÍCULO 57. MEDIDAS POSTERIORES A LA CANCELACIÓN DE LICENCIA.
Ejecutoriada la resolución mediante la cual se cancela la licencia, el Superintendente procederá de inmediato a:
1. Comunicar la medida al Director General del Registro Público de Panamá, a fin de que se anote la marginal correspondiente, informando acerca de la cancelación de la licencia bancaria.
2. Publicar la resolución en un diario de circulación nacional por tres (3) días hábiles.
3. Nombrar al liquidador o la junta de liquidación del banco que tendrá a su cargo la liquidación, en los términos previstos para la liquidación forzosa.

CAPÍTULO IV
SUPERVISIÓN BANCARIA
ARTÍCULO 59. SUPERVISIÓN BANCARIA.
Todos los bancos que ejerzan el negocio de banca en la República de Panamá, estarán sujetos a la inspección y supervisión de la Superintendencia, para constatar su estabilidad financiera y su estructura de cumplimiento de las disposiciones de este Decreto Ley y las normas que lo desarrollan.
ARTÍCULO 60. SUPERVISIÓN DE BANCOS OFICIALES.
Los bancos oficiales quedan sujetos a la inspección y vigilancia de la Contraloría General de la República en los términos establecidos en la Constitución Política y la ley, a la supervisión de la Superintendencia, así como al cumplimiento de las normas, reglas, prerrogativas, derechos y requerimientos que, de acuerdo con este Decreto Ley, son aplicables al resto de los bancos para el mismo tipo de operaciones y situaciones de que se trate.

ARTÍCULO 61. SUPERVISIÓN DE ORIGEN.
La Superintendencia ejercerá privativamente la supervisión de origen, en forma consolidada y transfronteriza, de los bancos panameños y de los grupos bancarios que consoliden en Panamá, de acuerdo con las normas de aplicación general que sobre el particular desarrolle la Junta Directiva.

ARTÍCULO 62. SUPERVISIÓN DE DESTINO.
Los bancos extranjeros, sus sucursales y subsidiarias, deberán ser supervisados en forma consolidada por el ente supervisor extranjero correspondiente. Además, dichas entidades estarán sometidas a la supervisión de la Superintendencia en forma individual y subconsolidada y a las demás reglas aplicables de acuerdo con este Decreto Ley y las normas que lo desarrollan.
ARTÍCULO 63. SUPERVISIÓN DE AFILIADAS NO BANCARIAS NI FINANCIERAS.
La Superintendencia supervisará consolidadamente las actividades de las sociedades no bancarias o no financieras que sean afiliadas o relacionadas a grupos bancarios, pero que no forman parte de éstos, según lo preceptuado por este Decreto Ley y las normas que lo desarrollan, y en tal virtud podrá exigir la información que sea necesaria, con el fin de conocer y evaluar:
1. Los riesgos que dichas actividades podían suponer para los bancos pertenecientes a esos grupos bancarios.
2. La calidad y el alcance de la administración y control de tales riesgos, incluyendo la adecuación de capital.
La Superintendencia está facultada para requerir a esos grupos bancarios, incluyendo a las propietarias de acciones bancarias que formen parte de éstos, a tomar las medidas necesarias para prevenir o corregir prácticas o condiciones que, a su juicio, podrían representar un riesgo material para los bancos pertenecientes a tales grupos bancarios.


DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD

CAPÍTULO XII
DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD
ARTÍCULO 110. CONFIDENCIALIDAD ADMINISTRATIVA.
La información obtenida por la Superintendencia en el ejercicio de sus funciones, relativa a clientes individuales de un banco, deberá mantenerse bajo estricta confidencialidad y sólo podrá ser revelada cuando fuese requerida por autoridad competente, conforme a las disposiciones legales vigentes, dentro del curso de un proceso penal.
La Superintendencia, incluyendo a todo su personal y a los auditores externos, asesores, administradores interinos, reorganizadores y liquidadores designados por ella, deberá guardar la debida confidencialidad sobre toda información que le haya sido suministrada o que haya obtenido conforme a este Decreto Ley. En consecuencia, no podrá revelarla a terceras personas, salvo que le fuera requerida por autoridad competente conforme a lo dispuesto en este artículo. Se exceptúan de esta disposición aquellos informes o documentos que, de conformidad con este Decreto Ley y por su naturaleza, tienen carácter público y aquellos que deba suministrar en cumplimiento de leyes sobre prevención de los Delitos de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Relacionados.
Los servidores públicos que con motivo de los cargos que desempeñen tengan acceso a la información de que trata este artículo, quedarán obligados a guardar la debida confidencialidad, aun cuando cesen en sus funciones.
Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo, la información que por razón de la supervisión consolidada la Superintendencia deba compartir con entes supervisores

Decreto Ley.
ARTÍCULO 111. CONFIDENCIALIDAD BANCARIA.
Los bancos sólo divulgarán información acerca de sus clientes o de sus operaciones con el consentimiento de éstos. Los bancos no requerirán el consentimiento de los clientes en los siguientes casos:
1. Cuando la información les fuese requerida por autoridad competente de conformidad con la ley.
2. Cuando por iniciativa propia deban proporcionarla en el cumplimiento de leyes relacionadas con la prevención de los delitos de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y delitos relacionados.
3. A agencias calificadoras para fines de análisis de riesgo.
4. A agencias u oficinas procesadoras de datos para fines contables y operativos.
En el caso de los numerales 3 y 4, se trasladará de pleno derecho la obligación de mantener la confidencialidad de la información suministrada.

PREVENCIÓN DEL TERRORISMO
CAPÍTULO XIII
PREVENCIÓN DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS RELACIONADOS
ARTÍCULO 112. PREVENCIÓN DE DELITOS.
Los bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia tendrán la obligación de establecer las políticas y procedimientos, y las

estructuras de controles internos, para prevenir que sus servicios sean utilizados en forma indebida, para el Delito de Blanqueo de Capitales, el Financiamiento del Terrorismo y demás Delitos Relacionados o de similar naturaleza u origen.
La Superintendencia establecerá el marco para el alcance, funciones y procedimientos de dicha estructura de cumplimiento
ARTÍCULO 113. SUMINISTRO DE INFORMACIÓN.
Los bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia suministrarán la información que les requiera las leyes, decretos y demás regulaciones vigentes en la República de Panamá, para la prevención de los Delitos de Blanqueo de Capitales, de Financiamiento del Terrorismo y demás Delitos relacionados o de similar naturaleza u origen. Igualmente, estarán obligados a suministrar la información antes señalada a la Superintendencia cuando ésta así lo requiera.
ARTÍCULO 114. POLÍTICA DE CONOCER A SU CLIENTE Y A SU EMPLEADO.
Los bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia adoptarán políticas, prácticas y procedimientos que les permitan conocer e identificar a sus clientes y a sus empleados con la mayor certeza posible, como parte del proceso de prevención a que se refiere el presente Capítulo y las normas que lo desarrollen. La Superintendencia tendrá la facultad de desarrollar las normas pertinentes, de manera que se ajuste a las políticas y normas vigentes en el país.




LEY CONOCE A TU CLIENTE LEY 11 DE 2011
http://www.superbancos.gob.pa/aspec_leyes/documentos/leyes/Ley_2_2011.pdf

Comentario:  Los agentes residentes deberán requerir a sus clientes evidencia satisfactoria de su identidad o de la del último beneficiario.
El Pleno Legislativo aprobó en tercer debate el proyecto de ley 275 que regula las medidas para conocer al cliente para los agentes residentes de las entidades jurídicas o abogados con el propósito de fortalecer la lucha contra el blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.

La propuesta contempla sanciones para las firmas forenses y abogados que incumplan las normas de mantener las informaciones de sus clientes a solicitud de las autoridades competentes que desarrollen investigaciones de actividades ilícitas.

El viceministro de Economía, Frank De Lima, afirmó que en la elaboración de esta ley, que busca que los agentes residentes cuenten con la información necesaria, participaron directivos del Colegio Nacional de Abogados (CNA) y la Asociación de Abogados Internacionales.

Estas normas de conocer al cliente se han implementado con éxito en el Centro Bancario panameño sin frenar su crecimiento, toda vez que ayudarán a promocionar aún más los servicios que ofrecen las firmas de abogados en Panamá, agregó.
http://www.centralamericadata.com/es/article/home/Nuevas_normas_de_Conoce_a_tu_cliente_en_Panama
 

Ley de Tarjetas de Crédito
http://www.superbancos.gob.pa/aspec_leyes/documentos/leyes/Ley81de2009.pdf

Comentario:
En este mes de abril entró en vigencia la nueva regulación al mercado de las tarjetas de créditos. Se trata de la Ley 81 que tutela los derechos de los usuarios de tarjetas de créditos y otras y tarjetas de financiamiento, aprobada con la finalidad de proteger a los tarjetahabientes.
La legislación que fue propuesta por los diputados Alcibiades Vásquez y José I. Blandón, y aprobada por la Asamblea Nacional, contó con el respaldo de los gremios de consumidores y de la Asociación de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO).
La legislación consta de 60 artículos y entre sus puntos más relevantes se señala que ningún emisor podrá emitir tarjetas de créditos sin que haya sido solicitada previamente por escrito por el tarjatahabiente.
También establece que los emisores de tarjetas de crédito, u otras tarjetas de financiamiento, están obligados a mantener informados, orientar y educar a los consumidores respecto de las características de los productos y servicios financieros que ofrecen y los diferentes mecanismos establecidos para la defensa de sus derechos.
La Ley detalla que “la cuantía límite no podrá ser superior a una cantidad igual a tres veces el ingreso mensual demostrado por el tarjetahabiente...salvo que demuestre suficiente capacidad de pago en su historial crediticio o ingresos adicionales”.


Acuerdo No. 3 de 2011 - TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN

http://www.superbancos.gob.pa/aspec_leyes/documentos/acuerdos/files/Acuerdo_1-2011.pdf

Comentario / Panamá contribuye en ganancias de Citi

06 de junio de 2011

Economía y Negocios

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AMÉRICA LATINA IMPULSA RECUPERACIÓN DEL BANCO

Panamá contribuye en ganancias de Citi


Este país sigue siendo importante en los planes de crecimiento del banco en AL, región que gana terreno en su aporte a las utilidades globales.

CONFIANZA. El gerente de Citi Panamá, Marcelo Gorrini, se ha propuesto ofrecer cada trimestre un nuevo producto al mercado. LA PRENSA/ David Mesa1564405
EDITH CASTILLO DUARTE
ecastillo@prensa.com
Citigroup, uno de los bancos más afectados con la crisis financiera internacional, sigue enfocado en su interés de volver a los porcentajes de rentabilidad que tenía antes de este episodio.

El banco reportó un año completo de rentabilidad y para este primer trimestre mostró progresos importantes, y en estos resultados América Latina (AL), región a la que pertenece Panamá, exhibe el mayor crecimiento.

El banco registró una utilidad operativa de 3 mil millones de dólares, al primer trimestre de 2011, 22.6% correspondió a Latinoamérica, que continúa ganando terreno frente a Asia y otros mercados en el mundo.

Las ganancias de la banca de consumo internacional crecieron 3%, sumando mil millones de dólares, donde la región de América Latina logró crecer su utilidad 17.5%, sumando 926 millones de dólares.

El grupo confía en el crecimiento de la banca de consumo internacional para compensar la caída en el negocio de Estados Unidos. Considera atractivo el crecimiento de Chile, Brasil, Colombia, México y Perú, mientras que en Panamá continúa consolidándose el avance.

El gerente de Citi Panamá, Marcelo Gorrini, aseguró que en lo que respecta a los tropiezos de los últimos tres años “hemos dado vuelta a la página” y que ya llevan cinco trimestres seguidos de ser una compañía rentable.

La tendencia es positiva, y que ahora hay una nueva estrategia, un nuevo banco, que en Panamá está apoyando el crecimiento y ganando participación de mercado, tanto en el segmento de consumo y banca de empresas, dijo. Las ganancias locales en 2010 fueron de 15 millones de dólares.

“Seguimos viendo a Panamá como un país clave en la estrategia de crecimiento de Citi en América Latina”, comentó el banquero, a la vez que resaltó la fuerte inversión que tiene el grupo en los países emergentes. “Aquí estamos invirtiendo en productos, en nuevas sucursales, en innovación y en talento”. La semana pasada abrió una sucursal en Costa del Este con lo que suman 16 y 11 centros de atención en todo el país.

El banco, que está en un período de reclutamiento de personal para apoyar su crecimiento, se ha propuesto cada trimestre ofrecer un nuevo producto.

Lanzó hace unos días la nueva modalidad de pago en cuenta para las compras con sus tarjetas de crédito, que le da al cliente la facilidad de elegir el plazo en que desea pagar sus compras.

Citi es uno de los bancos que participan del financiamiento de los proyectos que se ejecutan actualmente.

sábado, 21 de mayo de 2011

Artículo de Martes Financiero 26 de Abril de 2011

ATENCIÓN:

Sólo es una publicación que te servirá para incrementar tu acervo cultural, bien puedes leerlo, analizarlo y dar tu opinión. Estas inicativas serán apreciadas para efectos de mejorar tu calificación.

Te invito a que lo leas y reflexiones!


Fuente: http://www.martesfinanciero.com/history/2011/04/26/informe_central.asp 

Informe central
La Regionalización de la banca no llega a todos por igual

Cobertura
ANGEL LÓPEZ GUÍA
alopez@prensa.com
|



imagen
depósitos. A diciembre de 2010 había en todo el país un total de 2 millones 48 mil 674 cuentas de ahorro.LA PRENSA/David Mesa
Nadie le dijo a la administradora Ruth que pasaría dificultades al visitar por primera vez la isla de Contadora durante los carnavales. Cuando se quedó sin efectivo, las soluciones para obtenerlo eran tomar un avión o viajar en ferry durante cinco horas para ir al cajero más cercano –en la ciudad capital– y retirar algunos fondos de su cuenta de ahorros.

En esta isla, uno de los principales lugares atractivos del país, el Archipiélago de las Perlas, a pesar de tener cinco hostales, un hotel, cinco restaurantes y un aeropuerto, no existe ningún cajero automático (ATM) donde los turistas e incluso los mismos pobladores puedan retirar dinero en efectivo.

La realidad de este destino turístico se apareja con la de cientos de poblaciones remotas del interior del país. Se trata de lugares donde no cuentan con presencia bancaria, estatal o
privada.

Por ahora, la bancarización de Panamá no llega por igual a todas las regiones. Sobre esta ausencia no existen cifras específicas respecto a la cantidad de personas que manejan cuentas bancarias en el país.

Las estadísticas de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) solo contabilizan la cantidad de agencias bancarias y cajeros automáticos, el número de cuentas de ahorro y la cantidad de plazos fijo abiertos.

La realidad es que una persona puede tener más de una cuenta. De hecho, al final de 2010 en el país se habían emitido 985 mil tarjetas Clave.

Sin embargo una tarjeta de este tipo puede tener varias cuentas relacionadas. “Y también es posible que una persona tenga varias tarjetas Clave”, señala Ramiro Wong, gerente general de Telered S.A., empresa encargada de emitir tarjetas de varios bancos de la localidad.

Por tanto, la cantidad de tarjetas Clave emitidas no podría ser un parámetro exacto para medir los estándares de bancarización de la población.

Con las cifras aportadas por la SBP, lo que sí se puede concluir es que hasta diciembre de 2010 se mantenían activas un total de 2 millones 48 mil 674 cuentas de ahorro, que registraban un saldo de 5 mil 930 millones de dólares.

Dentro de las tres instituciones que más cuentas de ahorro tienen abiertas en el país, se encuentran la Caja de Ahorros con 703 mil.

Le sigue el Banco General con 392 mil, y en el tercer lugar se encuentra el Banco Nacional de Panamá con 390 mil.

En el caso de los plazos fijo, a diciembre del año pasado se contabilizaban 64 mil 141 cuentas de esta índole, que albergaban un total de 12 mil 888 millones de dólares.

Las tres instituciones con más plazos fijo según la SBP son el Banco General, con 21 mil 965 plazos fijos.

Después están el HSBC con 9 mil 962 cuentas, y el Global Bank con 5 mil 637 plazos fijos.

En cuanto a la cantidad de sucursales bancarias, encabeza la lista de regiones la provincia de Panamá con una población de un millón 663 mil 913 habitantes, que tienen a su disposición 336 sucursales y 782 cajeros ATM.

Los habitantes de Darién y de Kuna Yala, en cambio, están entre los menos bancarizados del país.

La primera de las regiones mencionadas está habitada por 46 mil 951 personas, y en su territorio de 11 mil 896 kilómetros cuadrados apenas hay dos sucursales bancarias y dos cajeros automáticos.

En Kuna Yala hay menos bancarización aun. En esta comarca apenas opera una sucursal bancaria que ni siquiera cuenta con cajero automático.

En cambio no existe presencia bancaria en las comarcas Ngäbe- Buglé y Emberá-Wounaan, habitadas por 156 mil personas la primera y 10 mil la segunda, con mayoría de población indígena.

Inversión frente a beneficios

La apertura de una sucursal en el interior del país depende de diversos factores, según explican los expertos consultados.

“Al momento de abrir una sucursal se estudia si hay la demanda por servicios bancarios, el movimiento comercial y la cantidad de clientes potenciales en el área geográfica específica”, explica Felipe Motta III, vicepresidente de banca de consumo del Banco General.

La idiosincrasia de los clientes del interior también es estudiada a fondo por las entidades financieras.

“Cuando consideramos abrir una sucursal en el interior del país es muy importante tener en cuenta el volumen poblacional, la demanda comercial, la proyección de rentabilidad a corto plazo, además de sus usos y costumbres”, señala Marlene Michelle Díaz, vicepresidenta de ventas y sucursales de Banesco.

Desde la banca estatal, la presencia en el interior adquiere un matiz adicional.

“La mayoría de los bancos debemos hacer un estudio previo para determinar cuál punto es el más estratégico para abrir operaciones. Además, en el caso del Banco Nacional de Panamá (BNP) no podemos descuidar el principio de adicionalidad, que significa estar en los lugares en los que la banca privada no llega”, agregan voceros del departamento de relaciones públicas de esta entidad estatal.

En cuanto a costos, abrir una nueva sucursal bancaria en el interior requiere una inversión de 300 mil dólares en mobiliario y tecnología, apunta la representante de Banesco.

Más que un servicio

El perfil de un cliente de banca residente en el interior del país, o en Darién, es distinto al de los usuarios de la región capital.

“Un cliente del interior desarrolla una relación especial con el gerente o encargado de la sucursal. Éste se convierte en su asesor financiero y persona de confianza. Sus relaciones con el banco son más estables, y por la confianza con el gerente desarrolla una lealtad con la institución”, explica Erick Lezcano, vicepresidente de la región occidental del Global Bank.

A su juicio, el cliente del interior todavía considera que el ahorro es precisamente eso: “ahorro”, sin otros significados.

Trata de no mover sus fondos de banco en banco buscando mejores tasas.

“El cliente del interior espera que su banquero le resuelva todas sus necesidades financieras y las de sus familiares en caso de solicitudes de préstamos para auto o vivienda y tarjetas de crédito”, añade el representante del Global Bank.

Expansión
La creación de una nueva sucursal bancaria en el interior del país requiere emplear un mínimo de seis personas, coinciden varios representantes bancarios consultados.

Esta cifra se traduce en buenas noticias para la generación de empleos en el interior del país, toda vez que el sector de la banca planea abrir este año un buen número de instituciones fuera de la ciudad de Panamá.

En el caso del BNP abrirán sucursales en el área de Tortí al oeste del país, cerca de Darién. También figuran entre sus planes aperturar sedes en Coronado y en Mariato, Veraguas.

En cuanto a remodelaciones, este banco estatal realizará mejoras en las sucursales de Pesé, Chame y Soná.

El Banco General tiene planes de abrir tres sucursales en el interior del país en los próximos dos años.

La ubicación exacta de las mismas no fue revelada al cierre de esta publicación.

Adicionalmente, antes de finalizar el año, Banesco también tiene entre sus planes abrir una nueva sucursal en Chitré.

Global Bank hará lo propio en la ciudad de David y la Caja de Ahorros expandirá operaciones con la apertura de sucursales en las áreas de Chepo, David y Coronado.

Paliativo

Pero en tanto, ¿qué hacen los comercios, habitantes y turistas que tienen vida en el interior del país mientras los bancos estatales o privados deciden instalarse en esa comunidad?

La Caja de Ahorros, por ejemplo, lleva a cabo el programa “Caja Amiga”.

A través de este sistema la entidad bancaria realiza alianzas con pequeños comercios, entre ellos las abarroterías, donde los clientes pueden realizar retiros de efectivo y transferencias entre cuentas de la entidad.

Esta modalidad también permite el pago a préstamos, de las cuotas de las tarjetas de crédito y servicios públicos (agua, luz y teléfono y televisión por cable).

Para hacer transacciones con “Caja Amiga”, el cliente debe tener una cuenta bancaria en la Caja de Ahorros y una tarjeta de débito Clave de esta entidad.

“Las personas que no sean clientes se podrán beneficiar al pagar servicios públicos, con la presentación del recibo correspondiente”, señala a través de un comunicado Jason Pastor, gerente general de esta entidad.

Además, agrega la estrategia de la entidad “va encaminada a instalar alrededor de 50 “Caja Amiga” en un plazo de entre dos y tres meses. En el primer año de operaciones contar con 300 comercios afiliados”.

Al momento de indagar sobre los servicios que se ofrecen en áreas de difícil acceso, desde el Banco General explican que están “estudiando la posibilidad de incursionar en el desarrollo de sucursales no bancarias, las cuales nos permitirán dar cobertura a lugares de difícil acceso o con poca actividad económica”, señala Motta III.

Paralelamente, desde el Gobierno confirman que se encuentran trabajando en un sistema tecnológico para realizar los pagos en las áreas de difícil acceso de los programas “100 a los 70” y “Red de Oportunidades”.

La primera fase del sistema consiste en la captura de las huellas digitales de los beneficiarios de estos programas sociales.

El sistema que el Gobierno quiere aplicar es similar a los utilizados por los trabajadores de los campos petroleros del estado de Alaska, Estados Unidos (EU), territorio de difícil acceso donde tampoco hay presencia bancaria, explica Ernesto Verde, director nacional de Informática del Ministerio de Desarrollo Social.

“El dispositivo es similar a un ATM que lleva consigo una computadora portátil blindada. Para cobrar el dinero solo basta con colocar la huella digital en el dispositivo. No hace falta digitar ninguna clave”, agrega el funcionario quien espera que el sistema esté funcionando a finales de este año.

Las operadoras de telefonía celular también podrían adentrarse próximamente en una modalidad que les permita a los clientes cancelar sus consumos en comercios a través del saldo de su cuenta telefónica.

“De un momento a otro la industria podría estar incursionando en este tema”, señala una fuente de la Autoridad de Servicios Públicos de Panamá.

“El tema de pago por celular está creciendo en el mundo. Según estudios del sector, en 2010 los pagos por esta vía llegaron a $170 mil millones, y se estima que para 2014 esta cifra suba a $630 mil millones. En Estados Unidos se estima que los pagos por celular equivaldrán a $214 mil millones (para esa fecha)”, detalla José Luis Newball, gerente de prepago y pospago de Telefónica Panamá.

Mientras tanto, Ruth, la administradora que por primera vez visitó Contadora durante el pasado Carnaval, planea ir de nuevo a la isla y celebrar su cumpleaños en junio. Esta vez llevará consigo el bolsillo lleno de billetes, para que la falta de efectivo no sea el responsable de culminar abruptamente sus vacaciones.

miércoles, 18 de mayo de 2011

Cuestionario No. 1 Derecho Bancario* Generales

Guía de estudio/ Derecho Bancario

1. En qué consiste el Derecho Bancario?
2. Características del Derecho Bancario
3. Cuáles son las justificaciones del Derecho Bancario?
4. Elabore una definición del Derecho Bancario?
5. Elabore un concepto personal del Derecho Bancario?
6.Emita una opinón de la frase el banco es "Una especie de columna vertebral de la Economía?
7. Comentarios sobre el Desarrollo de la Banca en la Edad Antigua.
8. Evolución histórica de la Banca en Panamá
9. Mencione alguna de las IFIS y su relación con el sistema bancario
10.  Qué es la sociedad Financiera?
11. Cuáles son los riesgos de la Actividad Bancaria.
10. Resevas Monetarias Internacionales


DERECHO BANCARIO- GENERALES

I. HISTORIA DE LA BANCA

Se puede decir que los bancos nacieron con la necesidad de realizar simples operaciones de cambio y crédito a niveles personales, pero pronto se comenzaron a desarrollar funciones más amplias, a abarcar más personas y pasaron a contar con organizaciones más complejas.
Así es como, a partir del siglo IV A.C. en varias ciudades griegas se constituyen bancos públicos, administrados por funcionarios especialmente destinados a esta labor. Estas instituciones, además de su rol propiamente bancario (ligado a operaciones de cambio y crédito), recaudaban impuestos y acuñaban moneda. Por su parte, en el mundo romano, en sus primeros tiempos de pueblo de agricultores, se recurre al "mutuum"; esto es, al crédito mutual. Más tarde, adoptan el modelo griego de bancos privados y públicos.

En la época de Justiniano, emperador de Bizancio, en el siglo VI, se reglamentan con precisión los usos y costumbres del mundo romano en materia bancaria y se fija la tasa de interés en un 6% al año, con algunas excepciones, considerando el riesgo de las operaciones. Los préstamos marítimos, por ejemplo, pueden alcanzar al 12% al año y los acordados a las iglesias no pueden superar el 3%.

La sociedad occidental de la edad media conoce profundos cambios hacia el término del siglo XI, cuando por la conquista de Inglaterra por los normandos, se pone fin a las grandes invasiones y los cristianos terminan de imponer su presencia en el mediterráneo. Su interés por las innovaciones y los intercambios los lleva a redescubrir la banca, después que Carlomagno prohibió a los laicos prestar cobrando interés. En estos momentos surge la lucha que daría la iglesia contra la usura.

Entre el siglo XII y XIV los bancos conocieron un renacimiento importante, ya que los hombres de negocios de Italia del norte desarrollaron notablemente las operaciones de cambio. No solamente fueron expertos manipuladores de piezas metálicas, sino también, mediante una letra de cambio, podían acreditar a una persona, en una fecha determinada, en moneda nacional o extranjera, ante un determinado corresponsal. Así, muchos comerciantes recurrían a los bancos para tratar sus negocios con terceros. Éstos, por una comisión, los representaban o se comprometían por ellos, con lo que eran comerciantes y banqueros al mismo tiempo.

Más allá de los Alpes, los banqueros italianos se instalaron en Cahors, en la época gran ciudad comercial de la Aquitania (que hoy corresponde a la zona central de Suiza). A partir de allí, se extendieron hacia todas las grandes ciudades de Europa occidental, principalmente a Londres y París. Con esta expansión, además del financiamiento de negocios, estos banqueros prestaban a los particulares, hacían préstamos con garantía prendaria y, en ocasiones, prestaban a los poderes públicos.

En el siglo XIX, los bancos conocen una época de crecimiento y estabilidad, marcada por el desarrollo de los institutos de emisión, la multiplicación de las casas de "alta banca", que actúan como consejeros, corredores o mandatarios en grandes operaciones financieras; la creación de los grandes bancos comerciales, cuyo capital estaba altamente distribuido en el público, y el nacimiento de las instituciones para-bancarias, destinadas a responder a las necesidades específicas de la clientela.

La guerra de 1914 precipita la evolución de los bancos desde una época de reglas y normas, a una de sistemas. Hablamos ahora de los sistemas bancarios, integrados por diferentes componentes, no ya sólo bancos del estado o privados, sino también aquellos que pertenecen a colectividades locales o regionales, a sindicatos o cooperativas, bancos universales y especializados.

II. EVOLUCIÓN DE LA BANCA EN PANAMÁ

El primer banco en Panamá fue fundado en 1865, antes de la independencia del país. El banco se llamaba Banco de Planos y se convirtió en el Banco de Panamá en 1869. Este banco era autorizado para emitir papel moneda en forma de billetes, llamados Billetes de Planos. Fue el banco más popular allá hasta la independencia del país.

La independencia y más contacto con EE.UU.
El país de Panamá ganó la independencia de Colombia en 1903 y la siguiente etapa se caracteriza por Panamá estando cerca de los EE.UU.. EE.UU. ayudó a Panamá a ganar la independencia porque querían construir el Canal de Panamá. Por eso, el comercio creció entre Panamá y EE.UU. con el resto del mundo. En el año de 1904, Banco Hipotecario y Prendario de la República, fue creado por el Gobierno Nacional. En 1911, llegó a ser conocido por el nombre con el que se conoce hoy en día, Banco Nacional de Panamá.

Los años 1907 y Manuel Noriega
La banca floreció durante los años 1970s, durante el reinado del Presidente Omar Torrijos. Aunque Torrijos ganó el poder por un golpe de estado contra el Dr. Arnulfo Arias Madrid, implementó políticas abiertas para la banca. Las ideas vinieron de Ardito Barletta, el ministro de planeamiento en 1969. Lo más importante para la banca que vino de esta etapa es La Ley Bancaria recogida en el Decreto de Gabinete 238 del 2 de julio de 1970. Esta ley constituyó “una legislación fiscal muy flexible  basada en el principio de extraterritorialidad, es decir, que elimina toda carga fiscal y control de operaciones realizadas en el exterior (offshore).”(origenyevolución) Por leyes como esto, Panamá había beneficiado mucho en reciclar los petrodólares después de los aumentos de precios del petróleo en 1973.
 
En los años setenta se dio un gran desarrollo en las actividades bancarias en el país, producto del crédito obtenido de organismos financieros internacionales, para financiar programas industriales y agropecuarias.
En 1985 la Asociación Bancaria de Panamá (ABP) inicia acciones concretas con el fin de trabajar en una nueva ley bancaria, por razones como: mayor interacción económica a nivel mundial en los años 80 y 90 y la trascendencia de los Sistemas Bancarios más allá de sus fronteras, la connotación adquirida por el narcotráfico y su secuela del lavado de dinero y la solidez de los bancos que se ve afectado por el monto de su capital inicial y por los niveles de riesgo.
La nueva ley Bancaria, denominada Ley N° 9 crea a la Superintendencia, que tiene entre sus principales funciones: Velar porque se mantenga la solidez y eficiencia del sistema bancario, Fortalecer y fomentar condiciones propicias para el desarrollo de Panamá como centro financiero internacional y Promover la confianza pública en el sistema bancario y velar porque los Bancos que lo integran mantengan coeficientes de solvencia y liquidez apropiados para atender sus obligaciones.


III. INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

FONDO MONETARIO INTERNACIONAL. Agencia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) fundada junto con el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) durante la Conferencia de Bretton Woods (New Hampshire, Estados Unidos) celebrada en 1944. El FMI inició sus actividades en 1947. Tiene como objetivo promocionar la cooperación monetaria internacional y facilitar el crecimiento equilibrado del comercio mundial mediante la creación de un sistema de pagos multilaterales para las transacciones corrientes y la eliminación de las restricciones al comercio internacional. El FMI es un foro permanente de reflexión sobre los aspectos relativos a los pagos internacionales; sus miembros tienen que someterse a una disciplina de tipos de cambio y evitar las prácticas restrictivas del comercio. También asesora sobre la política económica que ha de seguirse, promueve la coordinación de la política internacional y asesora a los bancos centrales y a los gobiernos sobre contabilidad, impuestos y otros aspectos financieros. Cualquier país puede pertenecer al FMI, que en la actualidad está integrado por 182 estados miembros.

BCIE

El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) es una organización internacional fundada el 13 de diciembre de 1960 por las repúblicas de Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica, con el objetivo de promover el desarrollo económico y social de la región de Centroamérica. Tiene su sede en Tegucigalpa y forman parte de él los países miembros de la Organización de los Estados Centroamericanos (ODECA): Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador

A partir de 1989 ha permitido la participación de países de fuera de América Central. El banco cuenta así entre sus miembros a países como México (1992), República China (1992), Argentina (1995), Colombia (1997), España (2004), Panamá (2006) y República Dominicana, así como a Belice como país beneficiado.
El Banco se constituye en la mayor institución financiera de América Central y respalda programas sociales, promueve el desarrollo de instituciones económicas sociales, educativas y de salud de la región y es promotor de la integración regional, brindando apoyo al sector privado, incluido la micro, pequeña y mediana empresa.

OMC   
   La OMC nació como consecuencia de unas negociaciones, y todo lo que hace resulta de negociaciones. El grueso del trabajo actual de la OMC proviene de las negociaciones mantenidas en el período 1986-1994, la llamada Ronda Uruguay, y de anteriores negociaciones en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). La OMC es actualmente el foro de nuevas negociaciones en el marco del “Programa de Doha para el Desarrollo”, iniciado en 2001.
Cuando los países han tenido que hacer frente a obstáculos al comercio y han querido que se reduzcan, las negociaciones han contribuido a abrir los mercados al comercio. Sin embargo, la labor de la OMC no se circunscribe a la apertura de los mercados, y en algunos casos sus normas permiten mantener obstáculos comerciales, por ejemplo para proteger a los consumidores o para impedir la propagación de enfermedades.

La Organización Mundial del Comercio y la banca multilateral o llamadas Instituciones Financieras Internacionales (IFI’s) como el Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), son los ejes fundamentales que estan poniendo al vital liquido en las manos de las empresas

La globalización ha hecho más necesaria una estrecha cooperación entre las instituciones multilaterales que desempeñan papeles esenciales en la formulación y aplicación de diferentes elementos del marco mundial de política económica, en particular el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio. Cada una de estas organizaciones tiene un mandato de cooperación en virtud de los acuerdos con arreglo a los cuales se establecieron. También han firmado acuerdos de cooperación mutua y de consulta regular entre ellas, en los que se identifican mecanismos destinados a estimular una mayor coherencia en la adopción de políticas económicas a nivel mundial.

IV. DERECHO BANCARIO

a) Derecho Bancario
Es una disciplina que no puede ubicarse como rama del derecho público o privado, otros consideran que es una rama del Derecho Privado- Derecho Comercial  Es una rama del derecho que regula la organización y operación de las entidades que prestan servicios de banca y crédito.

Tiene normas derecho administrativo en tanto que existen relaciones entre autoridad y banco, meramente función reguladora y de supervisión. Se trata de una relación de supra – subordinación del banco central o de la institución del país que regule la función de los bancos y otras entidades de crédito.
Se considera que el Derecho Bancario posee dos normas:
a) De Derecho Privado, pues se regula con legislación mercantil o  b) civil en tanto que los bancos realizan operaciones mercantiles.

Su régimen jurídico es muy estricto, solo pueden hacer lo que regule la Ley de Instituciones de Crédito o bancos genearl
b) Banco
Un banco es un intermediario financiero que se encarga de captar recursos en forma de depósitos, y prestar dinero, así como la prestación de servicios financieros. La banca, o el sistema bancario, es el conjunto de entidades o instituciones que, dentro de una economía determinada, prestan el servicio de banco. La internalización y la globalización promueven la creación de una Banca universal.